BelegDraug escribió:Billy:
Presentá nota en la Agencia que te corresponda por domicilio solicitando por escrito la devolucón de dichos importes, informando en la misma cuenta en pesos y CBU correspondiente. Pasado el plazo que manda la ley, presentás pronto despacho. No te va a servir de mucho, porque por lo general no se contesta ni tampoco se devuelve pero te generás el antecedente para volver a reclamar oportunamente.-
el otro dia un juez sanciono a la afip advirtiendo que mejore los tiempos, un tipo reclamaba hace como 2 años, y tenia mil pronto despacho, obvio nunca le dieron bola, se fue a juicio...
con el 1ªfallo a favor del contribuyente