Cohelet8 escribió: La nueva qley de mercado de capitales no tiene nada que ver con la situación impositiva de cada uno. En realidad, lo que están pidiendo es una actualización de tu legajo. Al menos eso es lo que hice en las dos cuentas que tengo.
Respecto a impuestos a las ganancias, lo único que se paga es por por las rentas que se originan en derivados financieros (compra venta de opciones y contratos de futuro) y las operaciones en el exterior (todas). El resto está exento o no está gravado.
En lo que respecta a bienes personales, los bonos argentinos están exentos. Las acciones y demás papeles están alcanzados, y se paga sólo si se superan los 305000 pesos.
Después, cada uno actúe conforme a lo que le parezca.
verdolaga escribió: Aprovecho estos posteos y te pido una aclaración. Supongamos que hago sólo dos operaciones de lotes en el año, una me sale bárbaro y en la otra me equivoco y pierdo todo lo que puse. Pero entre las dos salgo ganador. Entonces: pago por la única que gané o por la diferencia entre ambas operaciones?
gamuzino escribió: Si, es correcto, leete art 45, las perdidas solo se computan contra gcias de la misma categoria, ahora si los lotes te dieron perdidas, caso muy comun para los lanzadores, esa perdida no la podes computar contra otra categoria, ej rentas de cuarta
Muchas gracias por la respuesta. Me quedó claro.