DarGomJUNIN escribió:
La Corte Suprema dijo que el plazo fijo debe devolverse en moneda extranjera y por todo el monto del depósito, en cambio dijo que la inversión en títulos es operación de riesgo y se puede reestructurar como quiera el estado.
Billy Ray Valentine escribió: Fuente?
Te paso el link: http://www.csjn.gov.ar/data/em_econom2.pdf
Fijate lo que dijo la corte en el expediente "Galli, Hugo Gabriel y otro c/P.E.N. - ley 25.561 - dtos. 1570/01 y 214/02
s/amparo sobre ley 25.561 (05/04/2005 - Fallos: 328:690)"
De acuerdo al nuevo código y lo que viene diciendo la corte TODO ES PESIFICABLE, menos los depósitos bancarios, por ahora.