Títulos Públicos
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Re: Títulos Públicos
Los q duden de pago en dols de ro15. Que opinaan de pasar esa tenencia a aa17? Y dormir un poco mas tranquilos . Y cobrar en abr/2017.
Re: Títulos Públicos
Planteo una opinión. Si no tienen los verdes para pagar el RO15 vamos al default de toda la deuda. Nueva reestructuración. Pero los bonos dolarizados no se pesifican porque hay una parte muy importante en el exterior.
Y entre privados regiría la pesificación de los contratos en dólares con el nuevo Código.
Igual que pasó en el 2001.
Y entre privados regiría la pesificación de los contratos en dólares con el nuevo Código.
Igual que pasó en el 2001.
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Re: Títulos Públicos
solatorres escribió:Lo que menos quiero es que me empomen con los RO15. Pero el apuro por modificar la fecha de entrada en vigencia del C.Civil es alarmante.
Dañar al próximo gobierno, muy probablemente no-K, es un objetivo evidente de la actual administración.
Q tan seguro estas que va a ser un gobierno No-K?
Yo creo que va tomando solidez una continuidad del "proyecto".
Los RO15 los van a pagar, lo de codigo civil debe tener otro objetivo.
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Re: Títulos Públicos
Lo que menos quiero es que me empomen con los RO15. Pero el apuro por modificar la fecha de entrada en vigencia del C.Civil es alarmante.
Dañar al próximo gobierno, muy probablemente no-K, es un objetivo evidente de la actual administración.
Dañar al próximo gobierno, muy probablemente no-K, es un objetivo evidente de la actual administración.
Re: Títulos Públicos
matiaslb escribió:
Por favor, que cantidad de sartadas todas juntas, no sé porqué querés que pase eso, pero no hay forma que los bonos en usd se paguen en pesos, por un lado y más importante por cuestiones legales, y por otro lado si el gobierno actual se va al mes siguiente del pago para que se van a ir de esa manera si los usd los tienen?? ojo los desprevenidos cuando leen este tipo de mensajes
Estoy de acuerdo con Ud.


Re: Títulos Públicos
solatorres escribió:La jugada es magistral. El cepo va a mantener al USD por debajo de 9 ARS hasta fines de 2015. Redimirán el RO15 en pesos a ese cambio. Los tenedores recibirán pesos, inconvertibles de facto, con una inflación que por entonces estará sobre el 10% mensual. El crédito argentino quedará por el suelo, haciéndole la vida imposible al próximo gobierno. Los ahorristas en bonos argentinos (y no olvidemos que el keynesianismo de kicillof se limita a joder a los sucios capitalistas) sufrirán pérdidas escandalosas. Todo legal.
Cartón lleno.
Por favor, que cantidad de sartadas todas juntas, no sé porqué querés que pase eso, pero no hay forma que los bonos en usd se paguen en pesos, por un lado y más importante por cuestiones legales, y por otro lado si el gobierno actual se va al mes siguiente del pago para que se van a ir de esa manera si los usd los tienen?? ojo los desprevenidos cuando leen este tipo de mensajes
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Re: Títulos Públicos
solatorres escribió:Creo que el gobierno da por perdidas las elecciones y, en ese caso, pesificar el RO15 sólo tiene ventajas para ellos.
De otro modo, no se explica la desesperación por cambiar la fecha de entrada en vigencia del nuevo C.Civil.
Dejando de lado el humor, yo creo que algo de eso se traen entre manos, sino no iban a estar tan apurados por sancionar dicha ley... de todos modos pareciera que fuese un salvavidas en caso de incendio, si para ese entonces tienen caja y las cosas no estan tan apocalipticas como pintan muchos pagaran en verdes, sino, rompen el vidrio contra emergencias y te pintan la comitente con los evitas...
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Re: Títulos Públicos
Creo que el gobierno da por perdidas las elecciones y, en ese caso, pesificar el RO15 sólo tiene ventajas para ellos.
De otro modo, no se explica la desesperación por cambiar la fecha de entrada en vigencia del nuevo C.Civil.
De otro modo, no se explica la desesperación por cambiar la fecha de entrada en vigencia del nuevo C.Civil.
Re: Títulos Públicos
Muy bueno quilmeño 

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Re: Títulos Públicos
Malditos bonos dolarizados....

Re: Títulos Públicos
Gracias a todos x su interpretacion de este pequeño debate, Pero vuelvo a repetir, con la gente que nos gobierna ,Puede pasar cualquier cosa
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Re: Títulos Públicos
La jugada es magistral. El cepo va a mantener al USD por debajo de 9 ARS hasta fines de 2015. Redimirán el RO15 en pesos a ese cambio. Los tenedores recibirán pesos, inconvertibles de facto, con una inflación que por entonces estará sobre el 10% mensual. El crédito argentino quedará por el suelo, haciéndole la vida imposible al próximo gobierno. Los ahorristas en bonos argentinos (y no olvidemos que el keynesianismo de kicillof se limita a joder a los sucios capitalistas) sufrirán pérdidas escandalosas. Todo legal.
Cartón lleno.
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Re: Títulos Públicos
Personalmente me gusta mucho el aa17, dentro de los bonos dolarizados, (me permite dormir placidamente
) y ayer llego en un momento a un lindo valor lastima que con el efectivo que tenia me habia llevado unos papeles para hacer intra ya que fue una muy buena oportunidad, no me quejo porque hice una diferencia, pero lastima que esos precios cuidados en los bonos dolarizados se den en un dia de tantas oportunidades como el de ayer dentro del merval25... 


Re: Títulos Públicos
bariloche escribió:Estoy loco?No pude dormir anoche, diganme si este puede ser un escenario posible?
COMPRO RO15 A $ 1.000/ aL VENCIMIENTO NO TIENE uSS PARA PAGARME/ ME PAGAN EN $ LA RENTA Y EL CAPITAL A CUANTO?DIGAMOS A $ 9 Cotizacion oficial a ese momento, Capital mas Renta $963?
Capaz que los dolarizados ajustan su cotización bajando hasta un dólar link .. Hay que ver la evolución de los precios.
Si no podes dormir tenes que sacarte de encima esa inversión

Re: Títulos Públicos
Me sumo al debate sobre el RO15 y pienso en estas 3 hipótesis:
1) Se apaga normalmente.
2) Se lanza un nuevo canje "voluntario" pero esta vez presionando a grandes tenedores para asegurarse el éxito y pagando a los minoritarios que no adhieran.
3) Se lo pesifica invocando nuevo código.
Personalmente no creo en la 3) siendo antes de las elecciones.
Suena a que perciben más problemas con los dólares y profundización del cepo y tratan de darle solución a los contratos privados.
No tengo RO15 peor si sigue cayendo lo miro con cariño. Se agradecen comentarios e ideas.
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Código vigente:
Art. 617. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se hubiere estipulado dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar sumas de dinero.
Art. 619. Si la obligación del deudor fuese de entregar una suma de determinada especie o calidad de moneda, cumple la obligación dando la especie designada, el día de su vencimiento.
Nuevo:
765.- Concepto. La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal.
1) Se apaga normalmente.
2) Se lanza un nuevo canje "voluntario" pero esta vez presionando a grandes tenedores para asegurarse el éxito y pagando a los minoritarios que no adhieran.
3) Se lo pesifica invocando nuevo código.
Personalmente no creo en la 3) siendo antes de las elecciones.
Suena a que perciben más problemas con los dólares y profundización del cepo y tratan de darle solución a los contratos privados.
No tengo RO15 peor si sigue cayendo lo miro con cariño. Se agradecen comentarios e ideas.
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Código vigente:
Art. 617. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se hubiere estipulado dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar sumas de dinero.
Art. 619. Si la obligación del deudor fuese de entregar una suma de determinada especie o calidad de moneda, cumple la obligación dando la especie designada, el día de su vencimiento.
Nuevo:
765.- Concepto. La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal.
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