JUGA1955 escribió:Buen dìa a todos. Soy nuevo en el foro y quisiera hacer una consulta : alguien tiene información, si a partir de la recientemente sancionada Ley de Pago Soberano, los tenedores de bonos Par, legislación extranjera (PARY, PAY0), podrán cobrar sus rentas el 30 de Setiembre. Teóricamente, debieran depositar en Nación Fideicomiso y poder cobrarse...es asi ? o falta reglamentarse la ley o hay que hacer algo para poder cobrar. Gracias
Te doy formalmente la bienvenida estimado JUGA, agarrame la tortuga

Mira que tuviste tiempo y oportunidades para cambiar PARY por PARA, de hecho también estas a tiempo, porque no lo haces y te dejas de joder con Nación Fideicomiso que nadie sabe NADA y la incertidumbre cada vez es mayor.