Mensajepor NACHO3 » Mié Feb 19, 2014 1:29 pm
4.8.6 ¿Cuáles son las alícuotas vigentes?
En la nómina publicada mensualmente, una letra identifica la alícuota de retención aplicable, conforme se detalla:
A: 0,01 %
B: 0,05 %
C: 0,10 %
D: 0,20 %
E: 0,30 %
F: 0,40%
G: 0,50%
H: 0,60 %
I: 0,70 %
J: 0,80 %
K: 0,90 %
L: 1,00 %
M: 1,10 %
N: 1,20 %
O: 1,30 %
P: 1,40 %
Q: 1,50 %
R: 1,60 %
S: 1,80 %
T: 2,00 %
U: 2,50 %
V: 3,00 %
W: 3,50 %
X: 4,00 %
Y: 4,50 %
Z: 5,00 %
La alícuota aplicable puede modificarse con relación a determinados grupos o categorías de contribuyentes, considerándose los indicadores obrantes en la base de datos de Arba tales como la categoría de riesgo que hubiera sido asignada, la información proveniente de la actuación de los agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el grado de cumplimiento formal y material de los deberes fiscales.
La Autoridad de Aplicación puede tomar en cuenta datos correspondientes a otros ejercicios fiscales y, modificar en cualquier momento los indicadores utilizados sin exceder la alícuota máxima establecida en el Artículo 463 de la DN Serie B 1/2004.