Títulos Públicos

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daniel.rivera
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor daniel.rivera » Lun Nov 11, 2013 10:53 am

Alfredo 2011"]
alfil escribió:PESIFICACION..

El nuevo Código Civil tendrá dictamen el jueves y se trataría antes de fin de año
El artículo 765 del proyecto para unificar los códigos Civil y Comercial dispone: “La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial”.
En fin...


Octubre 2013






[quote="Opinan los Abogados:


El proyecto de pesificar las obligaciones expresadas en moneda extranjera

El Poder Ejecutivo Nacional envió al Honorable Congreso de la Nación un proyecto para unificar y reformar los Códigos Civil y Comercial de la Nación que contiene modificaciones de la más variada índole, en materias tan disímiles como el derecho de familia, las sociedades de un solo socio, los derechos personalísimos y las formas modernas de contratación (el "Proyecto").

Camuflada en un universo de 2.671 artículos puede encontrarse una norma de singular importancia, cuya entrada en vigencia alteraría sustancialmente la forma de cancelar las obligaciones en moneda extranjera.

Se trata del artículo 765, que literalmente dispone:

"ARTICULO 765 (4*).Concepto. La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial."

La redacción original del anteproyecto elaborado por la Comisión de Reformas designada por Decreto 191/2011 -y conformada, entre otros, por jueces de la Corte Suprema de Justicia- preveía mantener el régimen vigente (arts. 617 y 619 del Código Civil), conforme al cual quien se ha obligado a entregar una determinada moneda extranjera no puede liberarse pagando moneda de curso legal (Pesos), sino que está obligado a entregar en especie la moneda pactada.

El Poder Ejecutivo modificó subrepticiamente esa versión antes de presentar el Proyecto en el Congreso, imponiendo un régimen que permitiría que las obligaciones expresadas en moneda extranjera sean canceladas mediante la entrega de pesos.

Una medida de tal naturaleza equivaldría a pesificar forzosamente las obligaciones en moneda extranjera, a una cotización que -no obstante su carácter oficial- lejos está de reflejar el valor real de la moneda originalmente adeudada, creando incertidumbre e imprevisión.

De ser aprobado el Proyecto, el mismo afectaría la libertad de contratación de rango constitucional, con severas implicancias en los más diversos ámbitos en los que se acostumbra celebrar contratos expresados en moneda extranjera (contratos de locación, de servicios, transporte internacional, préstamos otorgados en moneda extranjera, títulos públicos y privados expresados en Dólares Estadounidenses, etc.).


Imponiendo a los acreedores de dichas obligaciones una quita unilateral de una parte de sus acreencias.


Si bien la norma no lo aclara, la posibilidad de cancelar deudas en moneda extranjera mediante la entrega de los Pesos equivalentes al tipo de cambio oficial se aplicaría tanto a obligaciones ya existentes como a aquellas que sean contraídas en el futuro, sin perjuicio de que en determinados casos podría existir sustento jurídico para invocar la violación de derechos adquiridos.




http://www.sfmabogados.com/newsletter/i ... 56&nota=77[/quote]

SE VAN A PRECIPITAR TONELADAS DE JUICIOS.... En el afan de proteger a los deudores, se desprotegerá a los acreedores. Lo ideal sería un equilibrio entre las partes.

Alfredo 2011
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Alfredo 2011 » Lun Nov 11, 2013 10:37 am

alfil escribió:PESIFICACION..

El nuevo Código Civil tendrá dictamen el jueves y se trataría antes de fin de año
El artículo 765 del proyecto para unificar los códigos Civil y Comercial dispone: “La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial”.
En fin...


Octubre 2013



Opinan los Abogados:


El proyecto de pesificar las obligaciones expresadas en moneda extranjera

El Poder Ejecutivo Nacional envió al Honorable Congreso de la Nación un proyecto para unificar y reformar los Códigos Civil y Comercial de la Nación que contiene modificaciones de la más variada índole, en materias tan disímiles como el derecho de familia, las sociedades de un solo socio, los derechos personalísimos y las formas modernas de contratación (el "Proyecto").

Camuflada en un universo de 2.671 artículos puede encontrarse una norma de singular importancia, cuya entrada en vigencia alteraría sustancialmente la forma de cancelar las obligaciones en moneda extranjera.

Se trata del artículo 765, que literalmente dispone:

"ARTICULO 765 (4*).Concepto. La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial."

La redacción original del anteproyecto elaborado por la Comisión de Reformas designada por Decreto 191/2011 -y conformada, entre otros, por jueces de la Corte Suprema de Justicia- preveía mantener el régimen vigente (arts. 617 y 619 del Código Civil), conforme al cual quien se ha obligado a entregar una determinada moneda extranjera no puede liberarse pagando moneda de curso legal (Pesos), sino que está obligado a entregar en especie la moneda pactada.

El Poder Ejecutivo modificó subrepticiamente esa versión antes de presentar el Proyecto en el Congreso, imponiendo un régimen que permitiría que las obligaciones expresadas en moneda extranjera sean canceladas mediante la entrega de pesos.

Una medida de tal naturaleza equivaldría a pesificar forzosamente las obligaciones en moneda extranjera, a una cotización que -no obstante su carácter oficial- lejos está de reflejar el valor real de la moneda originalmente adeudada, creando incertidumbre e imprevisión.

De ser aprobado el Proyecto, el mismo afectaría la libertad de contratación de rango constitucional, con severas implicancias en los más diversos ámbitos en los que se acostumbra celebrar contratos expresados en moneda extranjera (contratos de locación, de servicios, transporte internacional, préstamos otorgados en moneda extranjera, títulos públicos y privados expresados en Dólares Estadounidenses, etc.).


Imponiendo a los acreedores de dichas obligaciones una quita unilateral de una parte de sus acreencias.


Si bien la norma no lo aclara, la posibilidad de cancelar deudas en moneda extranjera mediante la entrega de los Pesos equivalentes al tipo de cambio oficial se aplicaría tanto a obligaciones ya existentes como a aquellas que sean contraídas en el futuro, sin perjuicio de que en determinados casos podría existir sustento jurídico para invocar la violación de derechos adquiridos.




http://www.sfmabogados.com/newsletter/i ... 56&nota=77

balcarceño
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor balcarceño » Lun Nov 11, 2013 9:00 am


carlob
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor carlob » Lun Nov 11, 2013 8:54 am

Buen dia !!!!!...en el diario BAE DE HOY.....viene un articulo de los avances para regularizar la deuda con el club de paris....si eso pasa ....RIESGO PAIS... :abajo: ...BONOS Y ACCIONES.... :arriba: :mrgreen:
Intente subirlo ,pero no pude....si alguien lo hiciera ,muchas gracias.

eldesignado
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor eldesignado » Dom Nov 10, 2013 12:42 pm

alfil escribió:PESIFICACION..

El nuevo Código Civil tendrá dictamen el jueves y se trataría antes de fin de año
El artículo 765 del proyecto para unificar los códigos Civil y Comercial dispone: “La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial”.
En fin...


Por lo menos son sutiles.

Maduro llamó a saquear una cadena de
electrodomésticos: "No dejen nada"

MiguelS
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor MiguelS » Dom Nov 10, 2013 12:28 pm

IARAF

Crece el sector público
El actual esquema de financiamiento del fisco tiene un componente no menor de asistencia en pesos por parte del BCRA. Lo sucedido hasta fines de octubre de este año pone de relieve esta situación. De hecho, el 25 de octubre la base monetaria alcanzó un total de $ 329.801 millones, incrementándose en $ 22.449 millones respecto del 31 de diciembre de 2012 (variación del 7%). Cabe destacar que la compra de divisas pasó de ser un factor de creación de dinero primario a ser uno de absorción monetaria por $ 11.351 millones. Por su parte, los pases, letras y notas emitidas por el Banco Central también contribuyeron a contraer (esterilizar) la base monetaria. A partir de 2009, se observa un cambio de tendencia en el rol que desempeña el sector público: desde 2003 hasta 2008, éste actuó como factor de absorción de base monetaria y, a partir de 2009, el fisco pasó a ser un factor más de expansión monetaria. Esta situación se agudizó debido a que la asistencia al Tesoro ($ 46.715 millones) representó un 108% más que la expansión total de la base monetaria y un 98% de la emisión para el fisco de todo 2012.

oliveravet
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor oliveravet » Dom Nov 10, 2013 10:33 am

buen dia gente, les consulto que opinan de comprar algunos PARA,PAAO y PaYO, para largo plazo ? agradezco su opinion un abrazo.

MiguelS
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor MiguelS » Sab Nov 09, 2013 9:34 pm

Gracias Martín.
Coincido en que los cupones todavía no descuentan para nada el pago de dic 2014 en su precio actual.
martin escribió: Respecto a los cupones creo que a medida que acerque fin de año o principios del 2014 se tendrian que ir despejando las dudas, que todavía hay, sobre el pago del 2014. Si esto sucede a los cupones les queda una muy buena suba en los próximos meses.
Respecto a los bonos a mi me gusta el dicy. No olvidarse que a fin de año este bono paga una linda renta en dolares que puede ser la zanahoria para que suba.

MiguelS escribió:Martín:

¿cómo ves el panorama de corto?

De acá a fin de año / principios de 2014.


joak84
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor joak84 » Sab Nov 09, 2013 8:54 pm

tengo bonos dollar linked... pero siento que me estoy mintiendo a mi mismo...
la cuenta me da que rindieron muy bien...
pero nose como mantendran valor a futuro... estoy pensando en vemderlos y comprar usd blue...

Joaquin

albertt34
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor albertt34 » Sab Nov 09, 2013 8:37 pm

Estimados: asi como DOLAR hay uno solo que por malas Politicas Economicas el Regimen Kirchnerista a cada Actividad le da diferentes valores y convierten un tema simple en algo complejo ! Nuestro Pais va a salir adelante con el CAMPO ! Es el generador de DOLARES ! Nunca en contra del CAMPO !!slds a todos ... A disfrutar el finde ! :respeto:

Gaston89
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Gaston89 » Sab Nov 09, 2013 8:03 pm

CCL escribió:Los dollar linked se pagan con pesos por lo tanto el novel de reservas no toene nada que ver. El problema puede ser si desdoblan y el dolar BCRA queda freezado. Ahi la ganancia será minima (tasa 4% anual) y el valor de los bonos se cae como un piano

joak84 escribió:por lo cual tener papeles emitidos por dollar linked es tener una fantasia! :???:
de no desdoblar y el peso cada vez mas debil va a salir mas caro el costo de los bulletes de los pesos que debirian pagar por el cambio real peso dolar que el valor pagado jaja

joak, sabes lo que rindieron en el año los dl linked? Fantasia?

Le ganaron y tranquilos a la inflacion este año.

fogonero3
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Registrado: Mié May 11, 2011 12:54 am

Re: Títulos Públicos

Mensajepor fogonero3 » Sab Nov 09, 2013 7:44 pm

Hoy estuvo Eugenio Bruno por la mña en la radio explicando un plan de pagos para los fondos buitres que están armando en el estudio que representa,distinto al de Gramercy.todos quieren morder una comisión jugosa

joak84
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Registrado: Mar Sep 08, 2009 10:21 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor joak84 » Sab Nov 09, 2013 6:07 pm

CCL escribió:Los dollar linked se pagan con pesos por lo tanto el novel de reservas no toene nada que ver. El problema puede ser si desdoblan y el dolar BCRA queda freezado. Ahi la ganancia será minima (tasa 4% anual) y el valor de los bonos se cae como un piano

por lo cual tener papeles emitidos por dollar linked es tener una fantasia! :???:
de no desdoblar y el peso cada vez mas debil va a salir mas caro el costo de los bulletes de los pesos que debirian pagar por el cambio real peso dolar que el valor pagado jaja

alfil
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor alfil » Sab Nov 09, 2013 5:46 pm

PESIFICACION..

El nuevo Código Civil tendrá dictamen el jueves y se trataría antes de fin de año
El artículo 765 del proyecto para unificar los códigos Civil y Comercial dispone: “La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial”.
En fin...

Raul
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Registrado: Mié Jun 10, 2009 3:16 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor Raul » Sab Nov 09, 2013 4:04 pm

CCL escribió:Los dollar linked se pagan con pesos por lo tanto el novel de reservas no toene nada que ver. El problema puede ser si desdoblan y el dolar BCRA queda freezado. Ahi la ganancia será minima (tasa 4% anual) y el valor de los bonos se cae como un piano

a esa no la habia pensado , gracias por la aclaracion

che CCL tan asi seria la cosa? :shock:


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