alfil escribió:No vale todo,nadie puede pedirte que tributes por ingresos anteriores a la promulgación de ley..tu contador en la declarción del 2013 en junio 2014 deberia aplicar la nueva tasa a partir dela fecha de promulgación y manteenr la anterior es decir cero para el periodo anterior..
No estoy diciendo eso. Eso es obvio.
Me refiero a todas las compras realizadas durante el 2013 y con fechas anteriores pero todavía no vendidas y por lo tanto no declaradas ( acordarse que uno declara recién cuando vende). Digamos que yo me estoy refiriendo al momento de compra y no al momento de venta. Supongamos que yo vengo comprando bonos desde hace tres años y jamás vendí todo eso que compré la nueva ley puede ir para atrás sin importar que esas compras fueron realizadas antes de que exista la ley ??...