Mensajepor jldos » Mar May 21, 2013 11:32 am
Es grave lo del Art. 2 de la Ley de Blanqueo, porque ademas de equiparar el certificado con una cuasi-moneda deja en manos del BCRA las condiciones de emisión; es decir, se podrían emitir cedines sin que haya dolares de blanqueo? solo para saldar obligaciones de dar billetes, tales como intereses y amortización de deuda publica nominada en dolares. Sería un Patacón Verde? podrían los bancos pagar los PF nominados en dolares con este instrumento? Ante un fallo adverso en NY los que migren a Legislación Nacional o los que ya nos encontramos en ella, estaríamos en una trampa o ese compromiso debe ser honrado en los términos y condiciones originales de la emisión de los títulos?
Son muchos interrogantes que agregan mas incertidumbre a la situación de la renta fija.
Les pido la opinión de todos, porque este tema es importante para evaluar el nuevo riesgo de dichos títulos.
Gracias de antemano por todos los comentarios.
Saludos.