Febo escribió:
Prospecto canje
Página 137 del prospecto de emisión:
Procedimiento de pago en el caso de restricciones de cambio de moneda extranjera en Argentina
La Provincia ha acordado que en el caso de cualquier limitación, restricción o prohibición de cambio de
moneda extranjera en Argentina, de tal manera que la Provincia se encuentre impedida de obtener el monto total de
la moneda especificada o de transferir tal monto fuera de Argentina, en alguna fecha de pago con respecto a Nuevos
Bonos, en la medida permitida por tal restricción o prohibición, la Provincia pagará tales montos debidos en la
moneda especificada por medio de (i) la compra de Bonos de Gobierno Argentino denominados en euros o dólares
negociados fuera de Argentina o de cualquier otro título valor o bonos públicos o privados emitidos en Argentina,
con pesos, y la transferencia y venta de tales instrumentos fuera de Argentina por la moneda especificada o (ii) por
cualquier otro mecanismo legal para la adquisición de la moneda especificada en cualquier mercado extranjero.
Todos los costos, incluyendo cualquier impuesto, relativos a tales operaciones serán asumidos por la Provincia.