martin escribió:... En ese sentido, para que una emisión provincial y del sector privado financiero y no financiero sea considerada externa, la Comunicación A 5099 establece que deberán ser "emisiones efectuadas en el extranjero acorde a las reglamentaciones del país de emisión; b) que estén sujetas a ley extranjera; c) que hayan sido ofrecidas y suscriptas mayormente en el exterior, para lo cual la emisión debe dar cumplimiento a las reglamentaciones del país de suscripción, y d) que sean integradas en su totalidad en el exterior"....
Aleajacta escribió: Martín, son cuatro condiciones. Cada una es necesaria, pero no suficiente. ¿Hay algún bono de provincia de Bs As que haya sido "integrado en su totalidad en el exterior"?
martin escribió: Si. Creo todos están integrados en su totalidad en el Exterior menos los de legislación local.
Ok. Creés que la totalidad de los préstamos han sido integrados con divisas en el exterior depositadas en cuentas bancarias del banco colocador.
Pero yo soy hombre de poca fe. Si un bono fue entregado en un canje, nunca hubo integración. Ya lo dirá Mercedes Marcó del Pont: "Era de sentido común".