fedemoller escribió:el valor de mercado está descontando que luego de la homologación se va a inundar de acciones..
A esto sólo le queda una salida
pero no va a ser inmediata
Gaston19831 escribió:el unico modo en el que veo que se opte por acciones, sera que yo tenga pasada la deuda en perdida. entonces opto por acciones, con la quita de la deuda que ya me hicieron y esas accinones las reviento en el mercado a la mitad del valor al que las adquiri y asi hacerme del efectivo otra vez y contabilizarlo como resultado extraordinario favorable.
pero con esta logica pierdo lo quitado + la diferencia entrer el valor de adquisicio y de mercado.
ideas distintas?
Optarán por acciones para hacerse de efectivo más rápido, ya que en el acuerdo hay 10 años de gracia para comenzar a amortirzar los bonos de deuda.
La conversión estará vigente siempre que dentro de los 30 días de la homologación se realice una asamblea en la que se apruebe el aumento de capital Y LA SUSPENSION DEL DERECHO DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE DE LOS ACTUALES ACCIONISTAS, EN CASO DE QUE NO ACUERDEN LA SUSPENSIÓN DEL MISMO, LA CLAUSULA DE CONVERSIÓN SE TIENE POR NO ESCRITA.
Ahora, porque tenes al crédito cómo pérdida??
La empresa no quebró, por lo que todavía es un crédito a favor tuyo... si las pasaste a pérdida, por considerarla incobrable, ahora tenes que revertir esa situación, poruqe eventualmente vas a cobrar (dentro de 10 años)