Mensajepor Hermes » Sab Ago 11, 2012 1:14 pm
estamos de acuerdo no son acciones de una empresa, yo no dije eso. Dije que se opera igual que una accion.
CEDEARs
Los CEDEARs han sido creados con el objeto de favorecer la ampliación de las categorías de activos negociables en el mercado bursátil local y brindar mayores oportunidades a los inversores locales para la formación de carteras diversificadas, incorporando valores de prestigio en otras plazas del exterior.
¿Qué son los CEDEARs?
Son certificados de depósito, representativos de una clase de acciones u otros valores, sin autorización de oferta pública en nuestro país. Los valores deben cotizar en plazas del Mercosur, en otros mercados externos cuyas autoridades de contralor hayan firmado memoranda de entendimiento con la Comisión Nacional de Valores (CNV) o bien, en alguno de los mercados autorizados expresamente por la CNV. La oferta pública de estos certificados está regida por las normas de la CNV y en cuanto a la cotización bursátil, es aplicable la Resolución 3/97 del Consejo de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
¿Quiénes pueden emitir CEDEARs?
Los CEDEARs pueden ser emitidos por la Caja de Valores, los bancos comerciales o de inversión y las compañías financieras autorizadas por el BCRA. En todos los casos, el emisor de CEDEARs debe contar con un patrimonio mínimo de $30 millones.
¿Quiénes pueden ser depositarios?
Se hallan autorizados: a) el propio emisor de los CEDEARs, b) una caja de valores autorizada para actuar como depositaria, según la Ley N° 20.643, c) el depositario central del país de emisión de los valores representados en los CEDEARs, o bien, d) un banco custodio del país de emisión de los valores con un patrimonio neto de $200 millones.
Los depositarios pueden utilizar los servicios de un subcustodio establecido en el país de emisión de los valores o bien de una entidad de compensación y liquidación internacional.
Los depositarios indicados en c) y d), en tanto cuenten con un subcustodio habilitado, quedan eximidos de la exigencia de operar en el país de emisión de los valores representados.
Reglas para el depósito
El depositario no puede adquirir la propiedad ni el uso de los valores representados, que quedan inmovilizados con el alcance de un depósito regular.
Es factible cambiar de depositario, pero para ello se requiere la conformidad de la mayoría de los titulares de CEDEARs, en asamblea o bien, individualmente. No se admite la conformidad expresada en forma anticipada y genérica.
Programas patrocinados
Patrocinante sólo puede ser el emisor de los valores representados en los CEDEARs.
En este caso, el patrocinante debe solicitar autorización de oferta pública a la CNV y cumplir el régimen vigente al efecto.
Cuando los valores negociables representados en los CEDEARs correspondan a una oferta pública inicial, sólo se podrán presentar en programas patrocinados.
Programas no patrocinados
En los programas no patrocinados los deberes de información se limitarán al emisor de los CEDEARs únicamente.
En este tipo de programas, puede existir o no un acuerdo entre el emisor de los CEDEARs y el emisor de los valores representados, pero el que está obligado a cumplir la información es el emisor de los CEDEARs.
Forma de los CEDEARs
Pueden ser nominativos no endosables o escriturales. Pueden representar uno o más valores de la misma especie, clase y emisor.
La CNV puede autorizar que en los CEDEARs se representen sólo fracciones de esos valores.
Canje
Los CEDEARs son canjeables por los valores que éstos representen irrestrictamente, a solicitud del titular. Contra entrega de los valores representados, los CEDEARs deben ser cancelados y destruidos.
Vencido el programa respectivo, los CEDEARs deben canjearse y se cancela la totalidad de los que existan en circulación.
Los valores representados
El emisor de CEDEARs debe mantener en todo tiempo una cantidad equivalente de los valores representados. La CNV puede autorizar caso por caso, provisoriamente y previa garantía, la emisión de CEDEARs sin los valores subyacentes.
Información en los CEDEARs patrocinados
El emisor de los valores representados debe remitir estados contables adecuados a las normas vigentes en la Argentina.
La información debe ser presentada y publicada en idioma castellano. También se exige publicar la información relevante del emisor.
Información en los CEDEARs no patrocinados
El emisor de los CEDEARs debe presentar, dentro de los 10 días, la información que el emisor de los valores publique o presente a su autoridad de control.
También debe presentar toda información relevante dentro de las 24 horas de recibida o publicada y dentro de los 10 días, la información contable.
Información del emisor de los CEDEARs
El emisor de CEDEARs debe suministrar la información relevante propia, como así también la del emisor de los valores que llegue a su conocimiento y todo hecho que pudiera afectarlo.
Debe remitir asimismo sus estados contables anuales y trimestrales e informar cualquier cambio en la estructura de remuneración propia o del depositario.
El emisor de los CEDEARs debe informar trimestralmente la cantidad en circulación al primer día del período, como así también los canjeados, los nuevos emitidos dentro del programa, y en circulación al cierre del trimestre. Además deberá informar la cantidad de valores representados por CEDEARs en cada programa.