TGNO4 Transp. Gas del Norte
Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
A esta altura no sé qué es mejor, si convocatoria o APE
Las condiciones cambiaron mucho desde que el 88% estuvo de acuerdo con el acuerdo preventivo,
Con qué paga hoy TGN el APE ????
Las condiciones cambiaron mucho desde que el 88% estuvo de acuerdo con el acuerdo preventivo,
Con qué paga hoy TGN el APE ????
Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
Ose que no esta en Convocatoria
ahora va a subir es APE o APE

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Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
a me me gusta cada vez mas, la empresa esta jugando fuerte para que le den o el ape o ajuste tarifario.
esta bien lo que hacen , van a negociar y , en el medio bajara o subira segun se filtren las negociaciones,
el gobierno a su vez necesita justificar que cede , y estos pasos son los correctos
esta bien lo que hacen , van a negociar y , en el medio bajara o subira segun se filtren las negociaciones,
el gobierno a su vez necesita justificar que cede , y estos pasos son los correctos
Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
La culpa es de TGN que pidió el Concurso sabiendo que sus acreedores podían frenarlo de toque.[/quote]
Pienso que es un tiro por elevación al ANSES ? es una jugada de TGN para meter presión al ANSES y de el OK para el APE?
Pienso que es un tiro por elevación al ANSES ? es una jugada de TGN para meter presión al ANSES y de el OK para el APE?
Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
rojo escribió:el que vendio desesperado a 0,45 que le haga juicio a la CNV![]()
La culpa es de TGN que pidió el Concurso sabiendo que sus acreedores podían frenarlo de toque.
Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
el que vendio desesperado a 0,45 que le haga juicio a la CNV



Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
Buenos Aires, 6 de junio de 2012
Señores
Comisión Nacional de Valores
Gerencia de Emisoras
Presente
Re.: Hecho Relevante
mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Ustedes en representación de Transportadora de Gas del Norte S.A. (“TGN”) continuando nuestras notas previas fechadas el 1 y 4 de junio ppdo., a fin de informar que el juzgado actuante resolvió rechazar la solicitud de apertura del concurso preventivo formulada por TGN, ello por aplicación analógica del artículo 31° de la ley 24.522.
Basada en la opinión de sus asesores legales, TGN considera que dicha decisión no se ajusta a derecho, y se propone recurrirla por las vías procesales correspondientes.
Comprometiéndonos a mantenerlos informados de novedades relevantes sobre el particular, saludo a Ustedes muy atentamente.
Marcelo Brichetto
Responsable de Relaciones con el Mercado
Señores
Comisión Nacional de Valores
Gerencia de Emisoras
Presente
Re.: Hecho Relevante
mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Ustedes en representación de Transportadora de Gas del Norte S.A. (“TGN”) continuando nuestras notas previas fechadas el 1 y 4 de junio ppdo., a fin de informar que el juzgado actuante resolvió rechazar la solicitud de apertura del concurso preventivo formulada por TGN, ello por aplicación analógica del artículo 31° de la ley 24.522.
Basada en la opinión de sus asesores legales, TGN considera que dicha decisión no se ajusta a derecho, y se propone recurrirla por las vías procesales correspondientes.
Comprometiéndonos a mantenerlos informados de novedades relevantes sobre el particular, saludo a Ustedes muy atentamente.
Marcelo Brichetto
Responsable de Relaciones con el Mercado
Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
Parece haber sido una jugada mediática más que otra cosa, ya que el Artículo 31 por el cual cae este pedido es claro:
ARTICULO 31.- Desistimiento voluntario. El deudor puede desistir de su petición hasta la primera publicación de edictos, sin requerir conformidad de sus acreedores.
Puede desistir, igualmente, hasta el día indicado para el comienzo del período de exclusividad previsto en el artículo 43 si, con su petición, agrega constancia de la conformidad de la mayoría de los acreedores quirografarios que representen el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del capital quirografario. Para el cálculo de estas mayorías se tienen en cuenta, según el estado de la causa: a los acreedores denunciados con más los presentados a verificar, si el desistimiento ocurre antes de la -presentación del informe del artículo 35; después de presentado dicho informe, se consideran los aconsejados a verificar por el síndico; una vez dictada la sentencia prevista en el artículo 36, deberán reunirse las mayorías sobre los créditos de los acreedores verificados o declarados admisibles por el juez. Si el juez desestima una petición de desistimiento por no contar con suficiente conformidad de acreedores, pero después ésta resultare reunida, sea por efecto de las decisiones sobre la verificación o por nuevas adhesiones, hará lugar al desistimiento, y declarará concluido el concurso preventivo.
Inadmisibilidad. Rechazada, desistida o no ratificada una petición de concurso preventivo, las que se presenten dentro del año posterior no deben ser admitidas, si existen pedidos de quiebra pendientes.
------------------------------
Casi el 90% de los acreedores ya dió el visto bueno para el APE. Es la ANSES la que empioja.
ARTICULO 31.- Desistimiento voluntario. El deudor puede desistir de su petición hasta la primera publicación de edictos, sin requerir conformidad de sus acreedores.
Puede desistir, igualmente, hasta el día indicado para el comienzo del período de exclusividad previsto en el artículo 43 si, con su petición, agrega constancia de la conformidad de la mayoría de los acreedores quirografarios que representen el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del capital quirografario. Para el cálculo de estas mayorías se tienen en cuenta, según el estado de la causa: a los acreedores denunciados con más los presentados a verificar, si el desistimiento ocurre antes de la -presentación del informe del artículo 35; después de presentado dicho informe, se consideran los aconsejados a verificar por el síndico; una vez dictada la sentencia prevista en el artículo 36, deberán reunirse las mayorías sobre los créditos de los acreedores verificados o declarados admisibles por el juez. Si el juez desestima una petición de desistimiento por no contar con suficiente conformidad de acreedores, pero después ésta resultare reunida, sea por efecto de las decisiones sobre la verificación o por nuevas adhesiones, hará lugar al desistimiento, y declarará concluido el concurso preventivo.
Inadmisibilidad. Rechazada, desistida o no ratificada una petición de concurso preventivo, las que se presenten dentro del año posterior no deben ser admitidas, si existen pedidos de quiebra pendientes.
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Casi el 90% de los acreedores ya dió el visto bueno para el APE. Es la ANSES la que empioja.
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Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
sera trucho??? todo puede ser mientras los vivos cargan para abajo
Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
Para empezar bien, deberían poner en fecha y hora el fax en el sector Legales de TGN. Dice 01/17/1994 17:27 

Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
Hay que ver los motivos por los cuales le rechazaron el pedido de Convocatoria
osea bajo un 20 al dope 


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Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
avisenle a la mafia jajajjaj CNV donde estas ??
Re: TGNO4 Transp. Gas del Norte
Tendria que subiir todo lo que bajo al pe**




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