Actualidad y política
Re: Actualidad y política
A más de una semana del accidente
Tragedia de Once: pericia determinó que los frenos del tren funcionaron.
http://www.ambito.com/noticia.asp?id=626833
Tragedia de Once: pericia determinó que los frenos del tren funcionaron.
http://www.ambito.com/noticia.asp?id=626833
Re: Actualidad y política
Cristina, se equivoco muy feo al referirse a los docentes, me hizo acordar a la época de la carpa blanca, cuando erl menemismo decía lo mismo de los docentes, estuve 17 años en una escuela y además mi esposa es jubilada y mi hija maestra, es muy injusta la calificación que hizo Cristina.Hoy los maestros tienen 60 días de vacaciones incluyendo las de invierno. Trabajan 4 hora y media y luego en su casa varias horas más. El gobierno debería darle capacitación y acortar los períodos de vacaciones. El ausentismo en la provincia de bs.as. es descomunal, ese es el punto que tendría que ser bién aclarado, porque eleva el presupuesto en forma exponencial.
Re: Actualidad y política
Pascua escribió:Tambien hablo del 257% de ausentismo y que solo el 9% de los docentes cobra el minimo.
25% de ausentismo dije...
Re: Actualidad y política
Tambien hablo del 257% de ausentismo y que solo el 9% de los docentes cobra el minimo.
Re: Actualidad y política
no , no puedo decir cuantas horas trabajan vos sabés? supongo que no pues preguntas y el discurso de ayer un lujo. si dijo algo que no debió de los docentes es cuestión menor en los últimos años han recuperado sueldo, dignidad y presupuesto
No no lei el Cv de todos los diputados, pero si son berretas es como yo digo hay que aumentarles el sueldo, de esa manera serán mejores, con mejor CV.
a la noche vuelvo, ahora con come.
No no lei el Cv de todos los diputados, pero si son berretas es como yo digo hay que aumentarles el sueldo, de esa manera serán mejores, con mejor CV.
a la noche vuelvo, ahora con come.

Re: Actualidad y política
Galaico escribió:siempre en cosas importantes
Queres algo importante, te cuento, por si no escuchaste el discurso de ayer, y ya lo postee hace un rato pero me tomo el tiempo de repetirtelo, la señora presidente ayer critico a los docentes por las horas que trabajan y las vacaciones, ahora bien, por que no dice lo mismo de los legisladores, vos me podes decir cuantas horas trabajan, cuantos dias y cuanta vacaciones tienen?????? y otra cosita, vos leiste los curriculum de muchos de los diputados???? dan pena algunos

Re: Actualidad y política
siempre en cosas importantes 

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Re: Actualidad y política
yo me lo tomo con tranquilidad, si ya todas las bolu.deces que va a escribir pascualina
seguro que ahora me dice que soy golpista, o algo con relacion a macri.
me asombra de lo que son capaces de hacer
"CLARIN MIENTE" "67ROCHO DICE LA VERDAD"
ajjajajajajajaja
seguro que ahora me dice que soy golpista, o algo con relacion a macri.
me asombra de lo que son capaces de hacer
"CLARIN MIENTE" "67ROCHO DICE LA VERDAD"
ajjajajajajajaja
mellizo escribió:Bastante irregular....y si tiene lugar asignado y un horario ....ni te cuento.....!!!
Hay miles en esa situacion.....!!!
Kreti...repite constantemente ....Critica al resto y hace lo mismo....!!!
Habla de la corpo y pacta con Barrick...
Esconde los verdes y ella se forra...
Cierra la importacion y hasta agua mineral importada toma....
Critica a Europa por el ajuste y te mete la sintonia fina....
No te gastes....!!!
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Re: Actualidad y política
che pascuita, siempre tirando la pelota para otro lado!!! JAJAJAJA IGUAL QUE EL GOBIERNO!!!!
lo que rechazo fue que no habia forma de probar las amenzas para renunciar
y el eje del debate NO ES ESE SINO, SI FACTURAR COMO MONOTRIBUTISTA A UN UNICO CLIENTE DURANTE 3 AÑOS CON UN CONTRATO QUE SE RENUEVA CADA 3 MESES ; SI ES IRREGULAR O NO!!!
http://www.iprofesional.com/notas/97148 ... cirlo.html
Un empleado disfrazado de monotributista
En esta oportunidad, el dependiente ingresó a trabajar a la empresa como jefe administrativo de un grupo económico. Su función principal era informar a los socios de la firmas sobre la situación comercial y financiera de ellas.
A pesar del cargo, percibía una parte de su salario en negro, lo que le generaba cierta incomodidad. Cierto día, la compañía le pidió que renunciara a su puesto para luego contratarlo para idénticas tareas, pero como monotributista.
Para intentar regularizar su situación laboral, intimó a los directivos de la empresa a hacerlo, recibiendo una negativa como respuesta de parte de algunos de ellos y el silencio de otros.
Entonces, se consideró despedido y reclamó en la Justicia una indemnización por despido sin causa y diversas multas por la falta de registración del vínculo laboral.
En su escrito de demanda sostuvo que, habiéndose verificado la existencia de maniobras fraudulentas que lo perjudicaron, las tres empresas que conformaban el grupo al cual pertenecía debían responder de forma solidaria. Además, pidió que se le extendiera dicha obligación a las personas que habían ocupado los respectivos cargos directivos.
En primera instancia, la Justicia rechazó por completo el reclamo por considerar que no había elementos que permitiesen acreditar que el empleado había recibido amenazas para presentar la renuncia a su puesto de trabajo.
Frente a ello, el trabajador apeló la sentencia. En segunda instancia, los camaristas indicaron que, de acuerdo al artículo 22 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), existe relación laboral "cuando una persona realiza actos, ejecuta obras o presta servicios a favor de otra, bajo la dependencia de ésta en forma voluntaria y mediante el pago de una remuneración".
Así, en el caso bajo análisis, se hacía necesario evaluar cuál era la situación real del dependiente en cuanto a la organización de la compañía y si su tarea era vital para su funcionamiento. En este sentido, fue clave determinar si el dependiente había efectuado tareas para la firma luego de su renuncia, en un marco de subordinación jurídica, económica y técnica respecto de su empleador.
Los camaristas afirmaron que "por el principio de primacía de la realidad, se tuvo por configurada la existencia de un contrato de trabajo, incluso durante el período en que el empleado facturó a la firma como monotributista". Esto es así porque no es legítimo que la firma utilice figuras no laborales para evitar la aplicación del derecho del trabajo, por lo que se tiene en cuenta la realidad de los hechos por sobre los acuerdos de las partes.
Dentro de ese contexto, "no se explica por qué, pese a haber renunciado, el trabajador siguió prestando servicios en idénticas condiciones a las vigentes desde antes, tanto en lo que respecta a las funciones cumplidas como en lo referente al horario y al lugar de trabajo", señalaron.
Y, por ese motivo, los magistrados indicaron que la renuncia carecía de validez y era inoponible al trabajador, por lo que se mantenían los derechos adquiridos hasta el momento de la dimisión.
En este escenario, concluyeron que el empleado fue víctima de un "fraude laboral", dado que el empleador pretendió tapar, bajo la prestación de servicios profesionales como monotributista, una relación de dependencia.
Por otra parte, los magistrados tuvieron en cuenta la respuesta de la AFIP al oficio solicitado ya que el organismo informó el empleado había recibido aportes jubilatorios de la empresa y luego figurado como pequeño contribuyente.
lo que rechazo fue que no habia forma de probar las amenzas para renunciar
y el eje del debate NO ES ESE SINO, SI FACTURAR COMO MONOTRIBUTISTA A UN UNICO CLIENTE DURANTE 3 AÑOS CON UN CONTRATO QUE SE RENUEVA CADA 3 MESES ; SI ES IRREGULAR O NO!!!
http://www.iprofesional.com/notas/97148 ... cirlo.html
Un empleado disfrazado de monotributista
En esta oportunidad, el dependiente ingresó a trabajar a la empresa como jefe administrativo de un grupo económico. Su función principal era informar a los socios de la firmas sobre la situación comercial y financiera de ellas.
A pesar del cargo, percibía una parte de su salario en negro, lo que le generaba cierta incomodidad. Cierto día, la compañía le pidió que renunciara a su puesto para luego contratarlo para idénticas tareas, pero como monotributista.
Para intentar regularizar su situación laboral, intimó a los directivos de la empresa a hacerlo, recibiendo una negativa como respuesta de parte de algunos de ellos y el silencio de otros.
Entonces, se consideró despedido y reclamó en la Justicia una indemnización por despido sin causa y diversas multas por la falta de registración del vínculo laboral.
En su escrito de demanda sostuvo que, habiéndose verificado la existencia de maniobras fraudulentas que lo perjudicaron, las tres empresas que conformaban el grupo al cual pertenecía debían responder de forma solidaria. Además, pidió que se le extendiera dicha obligación a las personas que habían ocupado los respectivos cargos directivos.
En primera instancia, la Justicia rechazó por completo el reclamo por considerar que no había elementos que permitiesen acreditar que el empleado había recibido amenazas para presentar la renuncia a su puesto de trabajo.
Frente a ello, el trabajador apeló la sentencia. En segunda instancia, los camaristas indicaron que, de acuerdo al artículo 22 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), existe relación laboral "cuando una persona realiza actos, ejecuta obras o presta servicios a favor de otra, bajo la dependencia de ésta en forma voluntaria y mediante el pago de una remuneración".
Así, en el caso bajo análisis, se hacía necesario evaluar cuál era la situación real del dependiente en cuanto a la organización de la compañía y si su tarea era vital para su funcionamiento. En este sentido, fue clave determinar si el dependiente había efectuado tareas para la firma luego de su renuncia, en un marco de subordinación jurídica, económica y técnica respecto de su empleador.
Los camaristas afirmaron que "por el principio de primacía de la realidad, se tuvo por configurada la existencia de un contrato de trabajo, incluso durante el período en que el empleado facturó a la firma como monotributista". Esto es así porque no es legítimo que la firma utilice figuras no laborales para evitar la aplicación del derecho del trabajo, por lo que se tiene en cuenta la realidad de los hechos por sobre los acuerdos de las partes.
Dentro de ese contexto, "no se explica por qué, pese a haber renunciado, el trabajador siguió prestando servicios en idénticas condiciones a las vigentes desde antes, tanto en lo que respecta a las funciones cumplidas como en lo referente al horario y al lugar de trabajo", señalaron.
Y, por ese motivo, los magistrados indicaron que la renuncia carecía de validez y era inoponible al trabajador, por lo que se mantenían los derechos adquiridos hasta el momento de la dimisión.
En este escenario, concluyeron que el empleado fue víctima de un "fraude laboral", dado que el empleador pretendió tapar, bajo la prestación de servicios profesionales como monotributista, una relación de dependencia.
Por otra parte, los magistrados tuvieron en cuenta la respuesta de la AFIP al oficio solicitado ya que el organismo informó el empleado había recibido aportes jubilatorios de la empresa y luego figurado como pequeño contribuyente.
Pascua escribió:"En primera instancia, la Justicia rechazó por completo el reclamo por considerar que no había elementos que permitiesen acreditar que el empleado había recibido amenazas para presentar la renuncia a su puesto de trabajo."
Si tuvieron que llegar a una segunda instancia que contradice a la primera vos solito te podrias dar cuenta que no es un tema tan facil de resolver en 5 minutos en un foro como pretendes. Tendriamos que tener todos los elementos del caso.
Segui gritando como energumeno, yo me voy a almorzar.
Re: Actualidad y política
"En primera instancia, la Justicia rechazó por completo el reclamo por considerar que no había elementos que permitiesen acreditar que el empleado había recibido amenazas para presentar la renuncia a su puesto de trabajo."
Si tuvieron que llegar a una segunda instancia que contradice a la primera vos solito te podrias dar cuenta que no es un tema tan facil de resolver en 5 minutos en un foro como pretendes. Tendriamos que tener todos los elementos del caso.
Segui gritando como energumeno, yo me voy a almorzar.
Si tuvieron que llegar a una segunda instancia que contradice a la primera vos solito te podrias dar cuenta que no es un tema tan facil de resolver en 5 minutos en un foro como pretendes. Tendriamos que tener todos los elementos del caso.
Segui gritando como energumeno, yo me voy a almorzar.
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Re: Actualidad y política
si vos le facturas como monotributista una misma empresa (unicamente) durante 3 años con un contrato que se renueva cada 3 meses, NO ES IRREGULAR???
JAJAJAJA
que grande pascua, NUNCA MENOS, NI UN PASO ATRAS!!!
VAMOS POR TODO!!!
JAJAJAJA
que grande pascua, NUNCA MENOS, NI UN PASO ATRAS!!!
VAMOS POR TODO!!!
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Re: Actualidad y política
pascualina, ella renueva el contrato cada 3 meses.....
entonces segun vos, las empresas son boludas....tranquilamente en vez de tomar gente en relacion de dependencia, toman monotributistas y le renuevan el contrato cada 3 meses!!!!!
todo legal, no?
che, mira, la justicia no opina como vos....
http://www.iprofesional.com/notas/97148 ... cirlo.html
Un empleado disfrazado de monotributista
En esta oportunidad, el dependiente ingresó a trabajar a la empresa como jefe administrativo de un grupo económico. Su función principal era informar a los socios de la firmas sobre la situación comercial y financiera de ellas.
A pesar del cargo, percibía una parte de su salario en negro, lo que le generaba cierta incomodidad. Cierto día, la compañía le pidió que renunciara a su puesto para luego contratarlo para idénticas tareas, pero como monotributista.
Para intentar regularizar su situación laboral, intimó a los directivos de la empresa a hacerlo, recibiendo una negativa como respuesta de parte de algunos de ellos y el silencio de otros.
Entonces, se consideró despedido y reclamó en la Justicia una indemnización por despido sin causa y diversas multas por la falta de registración del vínculo laboral.
En su escrito de demanda sostuvo que, habiéndose verificado la existencia de maniobras fraudulentas que lo perjudicaron, las tres empresas que conformaban el grupo al cual pertenecía debían responder de forma solidaria. Además, pidió que se le extendiera dicha obligación a las personas que habían ocupado los respectivos cargos directivos.
En primera instancia, la Justicia rechazó por completo el reclamo por considerar que no había elementos que permitiesen acreditar que el empleado había recibido amenazas para presentar la renuncia a su puesto de trabajo.
Frente a ello, el trabajador apeló la sentencia. En segunda instancia, los camaristas indicaron que, de acuerdo al artículo 22 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), existe relación laboral "cuando una persona realiza actos, ejecuta obras o presta servicios a favor de otra, bajo la dependencia de ésta en forma voluntaria y mediante el pago de una remuneración".
Así, en el caso bajo análisis, se hacía necesario evaluar cuál era la situación real del dependiente en cuanto a la organización de la compañía y si su tarea era vital para su funcionamiento. En este sentido, fue clave determinar si el dependiente había efectuado tareas para la firma luego de su renuncia, en un marco de subordinación jurídica, económica y técnica respecto de su empleador.
Los camaristas afirmaron que "por el principio de primacía de la realidad, se tuvo por configurada la existencia de un contrato de trabajo, incluso durante el período en que el empleado facturó a la firma como monotributista". Esto es así porque no es legítimo que la firma utilice figuras no laborales para evitar la aplicación del derecho del trabajo, por lo que se tiene en cuenta la realidad de los hechos por sobre los acuerdos de las partes.
Y, por ese motivo, los magistrados indicaron que la renuncia carecía de validez y era inoponible al trabajador, por lo que se mantenían los derechos adquiridos hasta el momento de la dimisión.
En este escenario, concluyeron que el empleado fue víctima de un "fraude laboral", dado que el empleador pretendió tapar, bajo la prestación de servicios profesionales como monotributista, una relación de dependencia.Por otra parte, los magistrados tuvieron en cuenta la respuesta de la AFIP al oficio solicitado ya que el organismo informó el empleado había recibido aportes jubilatorios de la empresa y luego figurado como pequeño contribuyente.
No veo ninguna irregularidad. Facturar no es estar en negro te repito.[/quote]
entonces segun vos, las empresas son boludas....tranquilamente en vez de tomar gente en relacion de dependencia, toman monotributistas y le renuevan el contrato cada 3 meses!!!!!
todo legal, no?
che, mira, la justicia no opina como vos....
http://www.iprofesional.com/notas/97148 ... cirlo.html
Un empleado disfrazado de monotributista
En esta oportunidad, el dependiente ingresó a trabajar a la empresa como jefe administrativo de un grupo económico. Su función principal era informar a los socios de la firmas sobre la situación comercial y financiera de ellas.
A pesar del cargo, percibía una parte de su salario en negro, lo que le generaba cierta incomodidad. Cierto día, la compañía le pidió que renunciara a su puesto para luego contratarlo para idénticas tareas, pero como monotributista.
Para intentar regularizar su situación laboral, intimó a los directivos de la empresa a hacerlo, recibiendo una negativa como respuesta de parte de algunos de ellos y el silencio de otros.
Entonces, se consideró despedido y reclamó en la Justicia una indemnización por despido sin causa y diversas multas por la falta de registración del vínculo laboral.
En su escrito de demanda sostuvo que, habiéndose verificado la existencia de maniobras fraudulentas que lo perjudicaron, las tres empresas que conformaban el grupo al cual pertenecía debían responder de forma solidaria. Además, pidió que se le extendiera dicha obligación a las personas que habían ocupado los respectivos cargos directivos.
En primera instancia, la Justicia rechazó por completo el reclamo por considerar que no había elementos que permitiesen acreditar que el empleado había recibido amenazas para presentar la renuncia a su puesto de trabajo.
Frente a ello, el trabajador apeló la sentencia. En segunda instancia, los camaristas indicaron que, de acuerdo al artículo 22 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), existe relación laboral "cuando una persona realiza actos, ejecuta obras o presta servicios a favor de otra, bajo la dependencia de ésta en forma voluntaria y mediante el pago de una remuneración".
Así, en el caso bajo análisis, se hacía necesario evaluar cuál era la situación real del dependiente en cuanto a la organización de la compañía y si su tarea era vital para su funcionamiento. En este sentido, fue clave determinar si el dependiente había efectuado tareas para la firma luego de su renuncia, en un marco de subordinación jurídica, económica y técnica respecto de su empleador.
Los camaristas afirmaron que "por el principio de primacía de la realidad, se tuvo por configurada la existencia de un contrato de trabajo, incluso durante el período en que el empleado facturó a la firma como monotributista". Esto es así porque no es legítimo que la firma utilice figuras no laborales para evitar la aplicación del derecho del trabajo, por lo que se tiene en cuenta la realidad de los hechos por sobre los acuerdos de las partes.
Y, por ese motivo, los magistrados indicaron que la renuncia carecía de validez y era inoponible al trabajador, por lo que se mantenían los derechos adquiridos hasta el momento de la dimisión.
En este escenario, concluyeron que el empleado fue víctima de un "fraude laboral", dado que el empleador pretendió tapar, bajo la prestación de servicios profesionales como monotributista, una relación de dependencia.Por otra parte, los magistrados tuvieron en cuenta la respuesta de la AFIP al oficio solicitado ya que el organismo informó el empleado había recibido aportes jubilatorios de la empresa y luego figurado como pequeño contribuyente.
Pascua escribió: pascualina, tenes razon, no se nada de la parte legal.. PERO ES UNA SITUACION IRREGULAR
porque no haces algun comentario sobre la situacion que mencione?????
si le hace un juicio al estado por su situacion laboral se lo recontra gana
para exigir a las empresas que tengan sus empleados en blanco, el estado debería al menos tener regularizado la situacion de todos los que trabajan para el mismo
ah, seguro que tu respuesta es : porque macri....bla bla bla.... o como tu respuesta "Facturar no es estar en negro, que poco conocimiento del mundo del trabajo"
No veo ninguna irregularidad. Facturar no es estar en negro te repito.[/quote]
Re: Actualidad y política
Great Pek escribió:pascua, una empresa que tiene contratados que le facturan solo a ella, estaría en una situacion irregular segun el anses.
informate.
Yo no veo contratados, sino un solo caso sin ningun dato sobre habitualidad. Por eso estas cosas las resuelven los jueces y no los foristas.
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