Mensajepor garok » Lun Feb 13, 2012 8:56 pm
En el foro amigo se posteo lo siguiente
"Como alguien de otro foro sugirió que la noticia de la apelación de la Fiscal que publiqué el viernes pasado podría a llegar a ser un "bolazo", les cuento que se encuentra en las FS. 13046, 13046 vuelta y 13047 del expediente de COME, tiene fecha 6 de febrero y en su párrafo final dice textualmente: "En vista de ello, no consiento el fallo que se me notifica y formulo reserva de plantear el recurso extraordinario federal en la oportunidad que se dicte la sentencia definitiva, en la inteligencia de que lo aquí resuelto implica la violación a los derechos constitucionales que se encuentran en juego y una arbitraria interpretación del fallo de la Corte" Alejandra Gils Carbó. (Protocolo 134617) Fiscal General ante la Cámara Comercial. El 8 de febrero se libraron 4 cédulas"
Bien de ser asi; lo que entiende esta humilde mente maltrecha es que la fiscal no presento recurso extraordinario; sino que se reserva ese derecho una vez que exista sentencia definitiva; o sea a mi entender se realiza la Asamblea y despues vemos que pasa.