Buenas noches, lamento dar malas noticias pero se viene un racionamiento de gastos en el sector público.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegIntern ... /norma.htm
Pensé que era otra mentira más de la prensa destituyente pero encontré el Decreto 324/2011 cuyo artículo 8 dice lo siguiente:
A partir del 1 de enero de 2012 los pagos destinados a los agentes de las Jurisdicciones y Entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL, los organismos descentralizados, las Instituciones de la Seguridad Social y las comprendidas en los incisos b), c) y d) del Artículo 8º de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, que contemplen conceptos no comprendidos en su sueldo mensual, normal, regular, habitual y permanente asignado en función de su cargo y categoría escalafonaria o de revista, aprobados por la legislación vigente, incluyendo los creados por normas especiales, deberán adecuarse a los requisitos, en el plazo que establezca la Autoridad de Aplicación del presente artículo, para confirmar su procedencia y, en su caso, limitar su alcance.
Lo dispuesto alcanza a aquellos gastos que se imputen a cualquier inciso previsto en el Clasificador Presupuestario por Objeto del Gasto y para toda fuente de financiamiento incluyendo los recursos propios y afectados para los organismos que corresponda. La SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS será la Autoridad de Aplicación del presente artículo.
Los titulares de las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el presente artículo remitirán a dicha Secretaría las actuaciones administrativas necesarias para la convalidación de los regímenes y autorización de los respectivos pagos.
La SECRETARIA DE HACIENDA, previa intervención de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y cumplidos los procedimientos dispuestos por la Ley Nº 18.753, se expedirá con carácter vinculante y preservará el principio de cuenta única.
Los regímenes, disposiciones y medidas cuya procedencia no se convalide quedarán sin efecto. La COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO será el organismo con facultades para dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias que resultaren pertinentes, incluyendo la identificación de los conceptos comprendidos en el primer párrafo del presente artículo.
Esto en castellano básico significa que se acabaron todos los pluses y extras de fin de año en la Administración Pública Nacional. O sea que todo emolumento extra queda sin efecto tales como premios por productividad, unidades retributivas, etc. En otras tristes palabras, una simple y llana reducción salarial, me siguen?
En mi barrio a este tipo de situaciones les llamamos AJUSTE. A ver deletreen A J U S T E. AJUSTE, AJUSTE, AJUSTE, AJUSTE. Eso: AJUSTE. No sé si fui claro.