AUGUSTO escribió:Entiendo que la diferencia no es irrelevante; el rescate importa que el Estado no tiene que pagar nada respecto del saldo del facial (dado haber desaparecido un volúmen importante de lo emitido); y a menor volúmen -menor deuda- mayor probabilidad hay de que paguen lo que queda como activo circulante en manos particulares. No así en relación a los que se conservan como tenencia en el propio Estado -en alguno de los órganos estatales-; no se como se maneja este punto contablemente.
Ortro escribió:
Con lo cual, no sabemos cuanto tienen para escolacear y cuanto desapareció no? Cuando pagan cómo es? el estado le paga a ANSES o al central según sus tenencias? Y yo que creía que ya había entendido éste punto....
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En relación a este punto, pregunto: Como hace el propio Estado -vía Banco Central- LEBAC y NOBAC? (es una duda real, no tengo idea como se computan).