Arucho escribió:Insisto... se deberia tributar sobre la compra y venta. Lean el art 45 Inc J de la ley de impuestos a las ganancias.
Ya lo comenté. La ganancia derivada de la compraventa de opciones, que no son ejercidas a su vencimiento, está gravada.
Para el que lanzó, si es ejercida antes de o a su vto. es un mayor precio de venta. Para el tomador, si la ejerce antes de o a su vto. es un mayor costo de compra. En estos dos últimos casos, si de la transferencia de sus títulos y/o acciones se originara una ganancia, esa ganancia está exenta. Siempre hablando de personas físicas.
Las opciones no son títulos ni acciones, son derechos, a vender o a comprar ( depende de qué lado esté del mostrador ) un título o acción a un determinado precio y a un determinado plazo de vto.