Títulos Públicos
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Re: Títulos Públicos
Creo que el mismoCmarista firmó este Fallo
Si bien la Sala ha interpretado que el art. 15 de la ley 16.986, es claro en cuanto dispone que el recurso de apelación contra la sentencia dictada en el juicio de amparo deberá interponerse dentro de las "cuarenta y ocho horas" de notificada la resolución impugnada y que el plazo establecido en horas comienza a correr desde la hora en que se ha practicado la notificación y se computa hora a hora, es decir en forma continua (esta Sala, causa Nº 4503, del 4/2/96), lo cierto es que, en el caso -vencimiento del plazo en día hábil y hora inhábil- procede la presentación del escrito recursivo dentro de las dos primeras horas hábiles del día siguiente a aquél en que se produjo el vencimiento del plazo de 48 horas que establece el mencionado art. 15 de la ley 16.986 (art. 124 del C.P.C.C.N. de aplicación supletoria) en tanto éste operó en hora inhábil habida cuenta de la imposibilidad del recurrente de interponer la apelación después del horario judicial (7.30 a 13.30 horas) dada la inexistencia de Tribunales de guardia en este fuero (Sala II del fuero, in re "Paradela Máximo y otros c/ Ferrocarriles Arg. s/ queja", causa: 8.370/91, del 15/4/93).
Grecco, Gallegos Fedriani, Otero
Si se interpreta que el plazo de 48 horas corre igual en días inhábiles, la presentaciòn debe hacerse en las dos primeras horas del lunes, siempre ante la primer Instancia.-
Si bien la Sala ha interpretado que el art. 15 de la ley 16.986, es claro en cuanto dispone que el recurso de apelación contra la sentencia dictada en el juicio de amparo deberá interponerse dentro de las "cuarenta y ocho horas" de notificada la resolución impugnada y que el plazo establecido en horas comienza a correr desde la hora en que se ha practicado la notificación y se computa hora a hora, es decir en forma continua (esta Sala, causa Nº 4503, del 4/2/96), lo cierto es que, en el caso -vencimiento del plazo en día hábil y hora inhábil- procede la presentación del escrito recursivo dentro de las dos primeras horas hábiles del día siguiente a aquél en que se produjo el vencimiento del plazo de 48 horas que establece el mencionado art. 15 de la ley 16.986 (art. 124 del C.P.C.C.N. de aplicación supletoria) en tanto éste operó en hora inhábil habida cuenta de la imposibilidad del recurrente de interponer la apelación después del horario judicial (7.30 a 13.30 horas) dada la inexistencia de Tribunales de guardia en este fuero (Sala II del fuero, in re "Paradela Máximo y otros c/ Ferrocarriles Arg. s/ queja", causa: 8.370/91, del 15/4/93).
Grecco, Gallegos Fedriani, Otero
Si se interpreta que el plazo de 48 horas corre igual en días inhábiles, la presentaciòn debe hacerse en las dos primeras horas del lunes, siempre ante la primer Instancia.-
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Re: Títulos Públicos
http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?not ... 6&toi=6258
A los que dictan cátedras de Derecho sin haber abierto un Código Procesal en su vida les aclaro:
1.- El Juzgado de Primera Instancia solo pierde a jurisdicciòn luego de conceder el recurso.-
2.- La apelaciòn se debe presentar en la primera instancia , y está así regulado procesalmete.-
3.- Si es denegada solo allí se puede presentar un recurso directo ante la Alzada .-
4.- El plazo para apelar es de 48 horas que se cuentran en días hábiles judiciales,o sea que el escrito de apelaciòn que debe ser fundado, se debe presentar el lunes o el martes.-
5.- La jueza de primera instancia debe conceder el recurso,con efecto suspensivo o devolutivo, y ello, a esta altura, es clave.-
5.- Lo que ha hecho el Camarista es una violación del Derecho tan palmaria que implica el delito de prevaricato.-
Estamos asistiendo a un golpe de estado que afecta el debido proceso. No se van a demorar las voces en el sentido que expongo desde la Asociacion de Magistrados y los Colegios Públicos de Abogados.-
A los que dictan cátedras de Derecho sin haber abierto un Código Procesal en su vida les aclaro:
1.- El Juzgado de Primera Instancia solo pierde a jurisdicciòn luego de conceder el recurso.-
2.- La apelaciòn se debe presentar en la primera instancia , y está así regulado procesalmete.-
3.- Si es denegada solo allí se puede presentar un recurso directo ante la Alzada .-
4.- El plazo para apelar es de 48 horas que se cuentran en días hábiles judiciales,o sea que el escrito de apelaciòn que debe ser fundado, se debe presentar el lunes o el martes.-
5.- La jueza de primera instancia debe conceder el recurso,con efecto suspensivo o devolutivo, y ello, a esta altura, es clave.-
5.- Lo que ha hecho el Camarista es una violación del Derecho tan palmaria que implica el delito de prevaricato.-
Estamos asistiendo a un golpe de estado que afecta el debido proceso. No se van a demorar las voces en el sentido que expongo desde la Asociacion de Magistrados y los Colegios Públicos de Abogados.-
Re: Títulos Públicos
¿Quién es Andrado, gobernador del banco?? :113:
Por otro lado, ¿quiénes son, qué derecho tienen a hablar así de Argentina?
Le titulan "Fango" con un desprecio que me asombra. Más allá del gran lío que hay aquí, me molesta que del Exterior hablen así como así de otro país. Es como si en un diario nuestro pongamos "España: un país lleno de lodo", yo nunca he leído algho semejante...

Por otro lado, ¿quiénes son, qué derecho tienen a hablar así de Argentina?
Le titulan "Fango" con un desprecio que me asombra. Más allá del gran lío que hay aquí, me molesta que del Exterior hablen así como así de otro país. Es como si en un diario nuestro pongamos "España: un país lleno de lodo", yo nunca he leído algho semejante...

Re: Títulos Públicos
DarGomJUNIN escribió::113: ¿Es tan difícil de entender que jurídicamente, la Cámara tiene potestad para habilitar la instancia en un día inhábil?![]()
Darío
Copio nota infobae
http://www.infobae.com/politica/494381- ... -Sarmiento
Saludos
[/quote]
Re: Títulos Públicos
DarGomJUNIN escribió::113: ¿Es tan difícil de entender que jurídicamente, la Cámara tiene potestad para habilitar la instancia en un día inhábil?![]()
Darío
Buenas Noches Master !
O sea que comenzaron a correr los plazos, y algunos deberian recordar que la Honorable Camara es la que decide y que lo que hay es solo un fallo de 1ra instancia , pasible de revocacion, por la citada , a la que tiene que Acatar ..............jejeje
Saludos
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Re: Títulos Públicos
DarGomJUNIN escribió:Me leíste el pensamiento. Estuve mirando las pavadas que escriben. Ignoran que tenemos en promedio 50 % sangre italiana!!!
Darío
Phantom escribió: Darío, guarda con las 2 italias. Para ellos Europa termina en Roma.
De ahí para abajo....
El problema es donde nos ubican a los que tenemos ascendentes de la Región Central (Molise en mi caso, por vía materna).
Soy casi vecino de origen, en cuanto a mi antecesores, con el amigo Juan B. (parece que es una región de gente bravía).
Darío
Re: Títulos Públicos
DarGomJUNIN escribió:Me leíste el pensamiento. Estuve mirando las pavadas que escriben. Ignoran que tenemos en promedio 50 % sangre italiana!!!
Darío
Phantom escribió: Darío, guarda con las 2 italias. Para ellos Europa termina en Roma.
De ahí para abajo....
¿Será nuestra sangre africana entonces?
Re: Títulos Públicos
Patricio2 escribió:Yo no se de qué se asombran, ¿ellos no tienen a Berlusconi y sus secuaces?, ¿de quién se piensan que salimos?
El tema es que somos más del sur que del norte de Italia, que allá es vista como una raza inferior.
A tal punto, que la muchachada de la Liga del Norte quiere hacer rancho aparte.
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Re: Títulos Públicos
Patricio2 escribió: Yo no se de qué se asombran, ¿ellos no tienen a Berlusconi y sus secuaces?, ¿de quién se piensan que salimos?
Me leíste el pensamiento. Estuve mirando las pavadas que escriben. Ignoran que tenemos en promedio 50 % sangre italiana!!!
Darío
Re: Títulos Públicos
CERO escribió:LUCHADORES SOCIALES
Estimados Julio y Goldfinguer, me conmueve mucho saber que tienen semejante preocupación social. Veo que coincidimos.
....
PD: Julio, desde ya te sugiero que me filtres porque suelo escribir cosas como estas, le moleste a quein le moleste. Va a ser lo mejor.
Por razones de público conocimiento:

Re: Títulos Públicos
tiago44 escribió:ma......no capisco un caczo.![]()
abrazo
santiago
AKD escribió: Ho dato una letta a La Nacion: si stanno portando in tribunale tutti.
Che paese! C'è da domandarsi come fanno ad andare avanti così.
Este, por ejemplo dice que le dió una leída a La Nación: se están llevando todos a Tribunales (denunciándose unos a otros)
Qué país! Hay que preguntarse como hacen para progresar así.
Yo no se de qué se asombran, ¿ellos no tienen a Berlusconi y sus secuaces?, ¿de quién se piensan que salimos?
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Re: Títulos Públicos
AKD escribió: Tal vez, algún entendido en Psiquiatría, insisto, o en Psicología de masas, pueda ensayar una explicación.
Según datos circulantes, la próxima semana (a más tardar el viernes) la SEC aprueba el prospecto del nuevo canje.
Esto explicaría, la urgencia en solucionar el tema del Fondo Bicentario, porque tendría alguna relación con el canje.
Darío
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